La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miércoles constitucional el Registro Digital de Contratos de Arrendamiento implementado por la Ciudad de México, aunque estableció límites estrictos sobre los datos que podrá contener.
El Pleno de ministros determinó que la plataforma no podrá incluir el nombre de arrendadores ni de arrendatarios, debido a preocupaciones sobre la protección de datos personales y la privacidad de las personas. Solo se permitirá recabar información estrictamente necesaria para generar estadísticas y políticas públicas, como el monto de la renta, el porcentaje de incremento pactado, la colonia y alcaldía donde se ubica el inmueble.
La resolución forma parte de los amparos promovidos contra las modificaciones al Código Civil de la capital que establecen la obligación de inscribir los contratos de arrendamiento ante la autoridad. Inicialmente, el ministro presidente Hugo Aguilar propuso incluir hasta diez requisitos en el registro, pero el proyecto fue ajustado tras la discusión entre los ministros.
Durante la deliberación, varios ministros advirtieron que solicitar datos como nombres y cláusulas contractuales podría vulnerar la protección de datos personales y hasta poner en riesgo la seguridad de quienes viven en los inmuebles, ya que permitiría conocer direcciones precisas e inferir niveles de ingresos.
La Corte también recordó que la semana pasada avaló la constitucionalidad de un tope al incremento de rentas en la ciudad, limitado a no superar los índices de inflación anual, como medida para proteger el derecho a una vivienda adecuada.
Con esta sentencia, la SCJN dejó firme la posibilidad de que exista un registro digital de arrendamientos, pero matizó su alcance para priorizar la confidencialidad de los datos personales y el objetivo estadístico de la iniciativa.


































